El registro 80G lo obtienen las organizaciones no gubernamentales (ONG). Lo necesitan para asegurar a sus donantes sobre los beneficios del impuesto sobre la renta de la donación. La Sección 80G permite a los donantes deducir sus donaciones de su Ingreso bruto total. Por lo tanto, también se conoce como registro 80G.
El registro se realiza de acuerdo con la Sección 80G (5) (vi) de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Es beneficioso tanto para la ONG como para el donante. Para la ONG, es beneficioso porque puede atraer a más donantes con la promesa de deducciones fiscales. Beneficia a los donantes porque pueden reducir su responsabilidad fiscal al donar dinero.
Condiciones para el registro 80G:
- ¿Qué organizaciones pueden donar también para las personas menos afortunadas?
- ¿Cómo es trabajar en el sector de la comunicación para ONG y organizaciones?
- En la recaudación de fondos sin fines de lucro, ¿cuál es la diferencia entre 'avance' y 'desarrollo'?
- Como estadounidense, ¿cómo hago para trabajar como profesor / profesor en una universidad india o en una ONG india?
- ¿A qué ONG puedo unirme en Dehradun para utilizar mi tiempo de manera eficiente y contribuir a la causa social?
Para registrarse bajo esta sección, su ONG debe cumplir con las siguientes condiciones.
- No debe tener ningún ingreso del negocio.
- Debería ser una: sociedad de beneficencia pública benéfica registrada
- universidad u otro instituto educativo reconocido, o
- Institución financiada por el gobierno.
- Las reglas que lo rigen no deben permitir que la ONG use sus activos o ingresos para ningún otro propósito que no sea la caridad.
- Debe mantener registros adecuados de sus recibos, así como de sus gastos.
- No debería funcionar en beneficio de una casta o religión en particular.
- Si tiene algún ingreso comercial, debe mantener cuentas separadas para ello. Además, no debe utilizar las donaciones que recibe para tales negocios. También debe emitir un certificado al donante, indicando lo mismo.
Documentos para el registro 80G
Para un proceso de registro fluido y sin problemas, tenga a mano los siguientes documentos:
- Formulario 10G, debidamente rellenado.
- Copias autoevaluadas de MOA o escritura de fideicomiso.
- Prueba de domicilio social. Por ejemplo, un Certificado de No Objeción (NOC) del arrendador.
- Tarjeta PAN de tu ONG.
- Una copia de las facturas de servicios públicos, como la factura del agua, la factura de la electricidad o los recibos de impuestos de la vivienda.
- Evidencia de actividades de bienestar realizadas, ya sea desde que comenzó o durante los últimos 3 años.
- Libros de cuentas, declaraciones de impuestos y el balance general de los últimos 3 años o desde que comenzó.
- Lista de donantes.
- PAN, así como la dirección de los donantes.
- Nombres de los administradores y miembros de la junta.
Tasa por registro 80G
La tarifa gubernamental para el registro es de Rs. 2000 para zonas urbanas. Para las zonas rurales, la tarifa es de Rs. 1000. Además, la tarifa profesional variará según sus necesidades.
Cronología para el registro bajo la Sección 80G
Se tarda entre 50 y 80 días en completar todo el proceso.
¿Necesita ayuda con el registro 80G de su entidad? Visite PocketLawyer para más información y ayuda.