La segunda parte de su pregunta pide consejos específicos, que no puedo responder.
En cuanto a la primera parte, cualquier documento original que cumpla con la definición de “obra literaria, dramática, musical o artística” recibe automáticamente derechos de autor bajo la Ley de Derechos de Autor de 1968 (Cth) si se cumplen los criterios establecidos en la sección 32. Tendrás que estudiar la Ley por ti mismo. La ley de derechos de autor es muy compleja y hay muchas condiciones y disposiciones entrelazadas en la Ley.
Suponiendo que el documento que desea copiar califica para la protección de derechos de autor, deberá averiguar si su uso propuesto es un uso permitido o infractor. Las exenciones de infracción se establecen en la Div. 3 de la Ley.
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Suponiendo que la copia de todo el documento podría ser una violación de los derechos de autor en una obra literaria original, siempre puede pedirle al propietario de los derechos de autor que autorice la copia, por escrito. Este permiso constituiría una “licencia” para usar su documento para ese propósito. Las licencias se discuten en s.196 (4) de la Ley.
Esto no pretende ser una discusión completa de la ley pertinente. Puede haber otras secciones de la Ley, así como decisiones de casos, que sean relevantes.
Esta respuesta no está destinada a proporcionar asesoramiento legal. Se ofrece solo con fines informativos y educativos y no se garantiza que sus contenidos sean precisos. No se pretende crear una relación abogado / cliente con el interlocutor o cualquier otra persona.