Soy dueño de una empresa de desarrollo de software. También estoy en el consejo de una organización sin fines de lucro que está construyendo una aplicación social creada por mi empresa de software, y no obtendrá ganancias, ya que fue financiada por donaciones. Me gustaría duplicar la aplicación para otros fines y obtener algunos beneficios. ¿Eso es legal?

Yo no soy un abogado. Para obtener asesoramiento legal, debe contratar a un abogado. No puedes confiar en nada de lo que voy a decir, ni deberías hacerlo.

Creo que su problema depende del contrato entre la “organización sin fines de lucro” y su empresa con respecto a (a) el pago de dinero (supongo que la organización sin fines de lucro le está pagando las donaciones para la aplicación) para (b) la creación de aplicación Si no hay nada en papel sobre la propiedad (licencias / uso posterior / etc.) de IP o el código, etc., y no ha hecho ningún acuerdo oral sobre la propiedad (licencias / uso posterior / etc.), entonces la pregunta que hace sigue siendo sin respuesta. El problema aún no se ha abordado, y probablemente sería prudente abordarlo explícitamente que esperar que no te arresten usando algo que algunos miembros de la junta creen que poseen.

Creo que una buena manera de responderlo es negociar un término / contrato relacionado con la propiedad del código con la “organización sin fines de lucro”. No sé mucho sobre conflictos de intereses, pero es posible que desee representar solo una entidad durante esta negociación.

Finalmente, podría ser una buena idea decir: “oye, dame permiso explícito para usar la aplicación para cualquier propósito, y te daré el X% de las ganancias de ella”. Si usted es miembro de la junta, claramente le importa la causa, entonces, ¿por qué no convertirla en una situación de ganar / ganar?

De nuevo. No puedes confiar en este consejo. Para asesoramiento legal, consulte a un abogado. Yo no soy un abogado.

¿Cuáles son los términos del contrato que firmó con la organización sin fines de lucro? ¿A quién pertenece el software? ¿Fue un trabajo personalizado o se basó en un marco existente?

Además, me parece muy problemático que esté en el directorio de una organización sin fines de lucro y que también sea cliente de ellos (ya que le pagaron por el trabajo de su empresa). Gran conflicto de intereses potenciales. Entiendo que no se benefició, pero se benefició porque se pagaron algunos costos adicionales de capacidad y gastos generales a través del proyecto.

Interesante dado que estoy en una posición muy similar.

El contrato entre la empresa sin fines de lucro y su empresa de software puede estar bajo escrutinio. Debe asegurarse de que ese contrato fue aprobado por la junta sin fines de lucro con usted mismo y que el contrato es justo para los estándares del mercado o sesgado a favor de la organización sin fines de lucro.

Entonces, ese contrato debe contener asignaciones de propiedad intelectual. Parece que desea asignar derechos conjuntos a la propiedad intelectual, tanto para la organización sin fines de lucro como para su empresa, o conservar los derechos de propiedad intelectual para su empresa. Ambos son razonables, el primero es mejor; solo asegúrese de tener un acuerdo que sea la norma según los estándares de la industria. Sería mejor si su contrato estándar (que utiliza con todos sus clientes) contiene estos términos.

Use un abogado para elaborar el contrato entre entidades, no lo haga usted mismo. Asegúrese de que la organización sin fines de lucro tenga una junta directiva independiente. Además, asegúrese de que la organización sin fines de lucro tenga una política de conflicto de intereses y que la siga.

Finalmente, debe divulgar e informar al IRS cualquier contrato entre una organización sin fines de lucro y una entidad de más del 35% de un miembro de la junta, ya que es un cambio importante en la solicitud de exención (Formulario 1023); ¿Presumiendo que la organización sin fines de lucro es una organización exenta?

Por lo general, esto sería sencillo y bastante fácil de responder. Pero hay dos peculiaridades en cómo ha formulado la pregunta.

parece que ya ha creado la aplicación para la organización sin fines de lucro, presumiblemente en virtud de un acuerdo por escrito que no aclara bien el derecho de su empresa a utilizar el código para otros fines. No hay nada desagradable en tener ese derecho, ya que es solo un giro negociado. Sin embargo, pedirlo inmediatamente después de los hechos disminuye el valor económico transmitido al cliente y, por lo tanto, es una situación más delicada de resolver.

En segundo lugar, no estoy seguro de lo que quiere decir sin obtener ganancias porque fue financiado por donaciones, y si las donaciones fueron de su empresa o de terceros, y si de hecho su empresa recibió el pago de la aplicación. No estoy seguro de si le pagaron por la aplicación o si lo hizo como donación o si lo que le pagaron no le produjo ningún beneficio. Y, no estoy seguro de que nada de eso haga una diferencia en la pregunta que hace.

Lo importante es que su acuerdo con la organización sin fines de lucro es claro con respecto a los derechos de propiedad intelectual, el acuerdo es justo en sí mismo, que su papel fue completamente revelado a la junta y que no participó en la votación que aprobó el contrato.

Suponiendo que no especificó claramente los derechos de propiedad intelectual con anticipación, espero que haya aprendido de esa supervisión aplicada a todos sus clientes. Probablemente, eso se puede aclarar en un acuerdo posterior nuevamente especificando claramente los derechos respectivos, con divulgación completa y no está votando.

Cuando preparo acuerdos de desarrollo de software en nombre del desarrollador, siempre tengo claro especificar qué puede hacer el cliente con el programa o la aplicación resultante. Por ejemplo, el cliente puede tener el derecho exclusivo de usar la aplicación pero no el derecho de replicar la aplicación a otros.

A menos que se utilice como un subterfugio para desviar los ingresos de una organización sin fines de lucro en beneficio de uno o más miembros de la junta, no hay nada de malo en el concepto general de que un miembro de la junta brinde servicios compensados ​​a una empresa o una organización sin fines de lucro, pero recuerde que es justo, justo, justo y claro, claro, claro y divulgar, divulgar, divulgar. No se ofrece ni pretende ser asesoramiento legal. Buena suerte y feliz Día de Acción de Gracias.

Esa es una pregunta de abogado . Pero mirando los conceptos básicos, tengo curiosidad: ¿fueron las donaciones recibidas por la organización sin fines de lucro o su empresa? Si se siguiera el dinero, ¿cómo sería ese rastro? ¿Cuáles fueron las expectativas de los donantes? ¿Cuáles fueron las expectativas de la organización sin fines de lucro? ¿Tiene derechos de autor de la aplicación en nombre de su empresa?

Esta es una pregunta oportuna e interesante. Porque estamos viendo una situación similar con respecto a la estructura corporativa, la propiedad intelectual y la arena sin fines de lucro y acabamos de contratar los servicios de un bufete de abogados para ayudarnos con esto.

Provisionalmente, proponemos construir una asociación en la estructura de lo que ahora es una LLC, con una Fundación sin fines de lucro de nuestra propia creación. Por lo tanto, la Fundación y su misión compartirán un porcentaje de la propiedad intelectual y su posible flujo de ingresos a través de la propiedad de parte de la empresa. La Fundación comenzará con una orientación específica hacia temas que involucran directamente el bienestar de las mujeres, su salud, educación y bienestar general mediante la participación de ciertas organizaciones sin fines de lucro. Esto está en sintonía con la misión de la Compañía, que está orientada a mejorar la vida de las mujeres.

Después de haber realizado un trabajo voluntario en el desarrollo de una organización sin fines de lucro antes, me quedó claro que la necesidad constante de recaudar dinero era una distracción exigente y disruptiva del tiempo y la energía del tablero y otros jugadores de la organización sin fines de lucro, restando recursos y atención desde su razón central de ser, la prestación de servicios. Es bastante ineficiente.

Al ayudar a proporcionar un flujo constante de ingresos, creemos que ayudará a nuestras organizaciones sin fines de lucro a enfocarse mejor en su misión.

Además, creemos que esta puede ser una relación sinérgica que beneficiará tanto a la organización sin fines de lucro como a nuestra empresa de muchas maneras diferentes. Además, podremos conocer a algunas personas realmente geniales en el proceso.