Si es un promotor y coordinador de eventos, promete organizar un concierto para beneficiar a una organización benéfica. Después del concierto, le dice a la organización que ha decidido no hacer la donación. ¿Es la promesa exigible?

Lamento decírtelo, pero “depende”.

Querrá hablarlo con su asesor legal, y aquí es donde querrá dirigir la conversación:
En su ejemplo, esencialmente está afirmando que una persona se comprometió a donar a una organización benéfica calificada sin fines de lucro, pero no cumplió con la promesa.

El donante tiene derecho a no cumplir una promesa en muchos casos. Eso es parte del trato con la caridad. No es obligatorio Sin embargo, hay algunas exenciones que * podrían * requerir que la persona cumpla con una promesa.

Por ejemplo, si la persona prometió formalmente una contribución, como por escrito o de alguna manera que sea “reconocible” a través de la auditoría, y que el compromiso escrito detalla las fechas de cumplimiento y los niveles de contribución, y que el compromiso escrito está fechado, firmado, sellado y entregado con expresó su intención y no había razón para sospechar de un juego sucio cuando la organización sin fines de lucro recibió la promesa por escrito, firmada por la persona autorizada … entonces usted tiene una promesa que generalmente cuenta como una cuenta por cobrar por parte de la organización sin fines de lucro. En este punto, es muy recomendable que un acuerdo de contribución acompañe la promesa.

Si la organización sin fines de lucro actúa en el compromiso, como lo describí en el párrafo anterior, entonces el donante generalmente debe cumplir con el compromiso y hacer la contribución. A menos que haya estipulaciones escritas en el acuerdo de contribución que indique lo contrario.

Aquí hay un gran artículo de blog sobre el tema, donde el autor explica las situaciones con más detalle y da algunos ejemplos del mundo real.