¿Qué sucede si una organización de los Estados Unidos afirma falsamente que las donaciones son deducibles de impuestos?

Específicamente, estarían violando el Código de Rentas Internas de los EE. UU. Sec. 501 y probablemente también estarían violando los estatutos de fraude a nivel estatal. Cualquier persona que se haya visto perjudicada por sus reclamos falsos podría demandarlos teóricamente bajo estatuas de fraude, por lo que cualquiera que contribuyó a ellos pensando que estaba contribuyendo a una organización exenta de impuestos o cualquier persona que tal vez se suponía que se beneficiaría de su propósito de exención de impuestos. Cualquier fiscal general en cualquier estado donde operaran también podría presentar cargos contra la organización.

Probablemente la forma más fácil y rápida de perseguir a una organización de este tipo sería entregarlos al IRS. El IRS generalmente tiene la mayoría de los recursos y los mayores obstáculos para perseguir a cualquiera que haga afirmaciones falsas sobre su estado exento de impuestos.

Si un individuo contribuyó a dicho grupo y tomó una deducción de impuestos por la contribución, corre el riesgo de que se le niegue esa deducción ya que ha presentado una declaración de impuestos falsa individualmente. Los individuos adeudarían el impuesto adicional que se adeudaría si no hubieran deducido la deducción, más multas e intereses por subestimar y pagar por debajo de su impuesto adeudado.

Si la deducción de impuestos por la donación fue un monto significativo que resultó en que su responsabilidad tributaria real se subestimara en más del 25%, entonces las personas estarían sujetas a algunas multas de pago insuficiente bastante significativas de hasta el 100% del impuesto no declarado.

Mientras tengan una base razonable para creer que la deducción de impuestos era legítima, dudo que enfrenten cargos criminales por evasión de impuestos, pero si tuvieran alguna razón para dudar de la legitimidad de las deducciones por contribuciones caritativas, entonces los cargos criminales serían una posibilidad.

Si usted, como individuo, realizó contribuciones en un año anterior y luego determinó que, de hecho, la organización no estaba exenta de impuestos, debe presentar una declaración enmendada para los años anteriores y volver a agregar los montos a sus ingresos imponibles que dedujo como contribución a esta organización