La junta tiene el poder de crear la organización, definir la misión, contratar al Director Ejecutivo, dejar ir al Director Ejecutivo, cambiar la misión, contratar a un auditor (que informa directamente a la junta, no al ED), expandir la organización , reducir la organización, fusionarse con otra, comprar o vender bienes inmuebles, aprobar o no aprobar el presupuesto, cambiar el nombre y llevar a la organización en una dirección completamente nueva. Los consejos actúan en nombre de los accionistas (la comunidad).
La junta no posee ninguna parte de la organización sin fines de lucro (nadie lo hace), pero funcionan de la misma manera que un propietario, con supervisión sobre el panorama general de la organización. Contratan al Director Ejecutivo para dirigir la organización, por lo que el ED tiene un gran poder, pero no la autoridad final. El ED trabaja en estrecha colaboración con la junta, pero es el voto de la junta el que finalmente decidirá el curso que tomará la organización sin fines de lucro. En cierto sentido, el consejo es el jefe del ED.
Entonces, sí, se requiere que el DE difiera al tablero, y el tablero puede “rechazar los planes” de un ED. Esa no es una situación feliz cuando se trata de ese tipo de enfrentamiento.
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