En general, para fines federales, una LLC de propiedad total de una matriz sin fines de lucro se considera una entidad desatendida y, por lo tanto, se trata como una “sucursal” de la matriz. Esto significa que las contribuciones caritativas y las subvenciones a la LLC se tratan en última instancia como contribuciones y subvenciones a los padres, y se informan en el 990 de los padres. Dado que, para fines federales, se tratan como una entidad, generalmente no hay necesidad de solicitar una exención.
Sin embargo, si la LLC elige ser tratada como una entidad separada de su matriz, entonces será tratada como tal y deberá obtener su propia exención o depender de la exención grupal de la matriz.
Además, debe tener en cuenta que puede haber consideraciones de la ley estatal. Además, debe tener en cuenta que, a veces, cuando solicita subvenciones, los otorgantes pueden querer ver la carta de determinación de la organización. Si la LLC no tiene una carta de determinación propia, algunos otorgantes pueden estar más preocupados por otorgarle la subvención.
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¡Espero que esto ayude!
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