Gracias por A2A y disculpas por la demora mientras viajaba. No está permitido excepto
- Emprender trabajos honorarios de naturaleza social o caritativa.
- Emprender trabajos ocasionales de naturaleza artística, científica.
- “Tomar parte en el registro, la promoción o la gestión (que no implique la celebración de un cargo electivo) de una sociedad literaria, científica o caritativa o de un club u organización similar, cuyos objetivos u objetos se relacionen con la promoción del deporte, la cultura o actividades recreativas, registradas bajo la Ley de Registro de Sociedades, 1860 (21 de 1860), o cualquier otra ley por el momento, o participar en el registro, promoción o gestión (que no implique la celebración de cargos electivos) de un sociedad cooperativa sustancialmente para beneficio de los funcionarios del gobierno, registrados bajo la Ley de Sociedades Cooperativas de 1912 (2 de 1912), o cualquier otra ley por el momento “.
- Se basará en la conducta de las reglas del gobierno del empleado establecidas en su estado.
- Estas reglas de conducta difieren de un estado a otro. Verifique sus reglas de servicio. Si no está prohibido, puede hacer lo que tiene una aprobación porque formar una ONG no es una actividad prohibida. La Ley de Registro de Sociedades de 1860 tampoco descalifica a un siervo gubernamental que forma una ONG.
Espero haber ayudado 🙂
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